La medida establece, según dio a conocer el diario El Tiempo: “se prohíbe la prisión domiciliaria cuando haya acuerdos restrictivos de la competencia; tráfico de influencias de servidor público; enriquecimiento ilícito; prevaricato por acción; falso testimonio; soborno en la actuación penal; amenazas a testigos, ocultamiento, alteración o destrucción de elemento material probatorio en los delitos que afecten el patrimonio del Estado”.
Asimismo, empresas o socios que incurran en actos de corrupción, serán inhabilitados para contratar con la Nación.