La transmisión de los Consejos de Ministros del presidente Petro ha sido suspendida de la televisión abierta.
El Consejo de Estado emitió una decisión determinante tras una tutela presentada por una ciudadana, quien afirmó que su derecho fundamental a la información resultó vulnerado al no tener acceso a la programación ordinaria de los canales privados.
La Subsección B de la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo dictaminó que el espacio asignado para el Consejo de Ministros interfiere con el derecho a la información plural, objetiva, veraz y oportuna.
La acción se centró en dos ocasiones en que la programación fue desplazada por estos encuentros, que duraron más de dos horas y se realizaron en horario prime.
Los fallos reconocen que el derecho a la información se ve mermado al ejercer la opción de apagar el aparato y excluirse del servicio público de televisión.
La resolución indica que el derecho al pluralismo informativo se ve afectado de forma grave cuando no se permite acceder de forma libre a la información que se imparte durante dichos consejos.
El fallo recalca que el horario entre las 7 y 10:30 de la noche representa la franja en la que mayor cantidad de personas intenta acceder a la televisión, en búsqueda de información, ocio, esparcimiento y cultura.
El fallo ordena al Presidente de la República y a la Comisión de Regulación de Comunicaciones que se abstengan de transmitir el Consejo de Ministros a través de canales privados, del canal Uno y de canales locales, regionales y comunitarios de televisión abierta, sin importar la hora de transmisión.