Destacado
El cinturón de seguridad es obligatorio desde el 2004

Debido a una cadena que anda circulando a través de WhatsApp y en las diferentes redes sociales, recientemente ha vuelto a nacer la duda entre los ciudadanos si ha entrado en vigencia una norma según la cual una persona puede ser sancionada por no utilizar el cinturón de seguridad cuando viaja en los puestos traseros de un carro.
La verdad es que esta medida no es algo nuevo, esa sanción está contemplada en el Código de Tránsito y la resolución 3027 del año 2010, por eso es que desde hace más de cinco años, si una persona no utiliza el cinturón de seguridad en asientos traseros, viola esta norma.
Esta resolución también estableció la obligatoriedad de la instalación de los cinturones de seguridad tanto en los puestos delanteros como traseros en todos los vehículos ensamblados o importados al país con fecha de fabricación de 2004 en adelante.
Según lo dio a conocer el Secretario de transito de Popayán Roberto Díaz , desde el 2002 con la expedición de la Ley 769 que es Código Nacional de Tránsito que actualmente está vigente en su artículo 82 está prohibido el transitar sin el uso de los cinturones de seguridad en la parte trasera de los vehículos.
“Eso fue reglamentado por la resolución 19200 y se puso como fecha que a partir del 2004 que los vehículos ensamblados, importados, que estuvieran circulando por el territorio nacional deben tener en la parte trasera sus dispositivos de aseguramiento, inclusive deben ser vigilados por los centros de diagnóstico automotor que son los encargados de dar las revisiones técnico mecánicas”, expresó Roberto.
Sin embargo hay aspectos que tal vez no han merecido la atención de las autoridades de control y que se han descuidado, pero evidentemente desde el 2002 la ley lo catalogó como la infracción C6 que significa “No utilizar el cinturón de seguridad por parte de los ocupantes del vehículo y los cinturones de seguridad en los asientos traseros en los vehículos fabricados a partir del año 2004”, a lo cual da lugar a la imposición de 15 salarios mínimos legales diarios vigentes, equivalente a 322 mil pesos. “Es un tema que tiene muchos años ya”, acotó el Secretario de Transito.
Esto quiere decir que si un policía de tránsito lo sorprende infringiendo esta norma, estará en toda la facultad de imponerle una multa. Siendo así, la mejor solución es al momento de subir a un carro abrocharse el cinturón.
Estas declaraciones también las dio el Ministerio de Transporte a nivel nacional, luego de que circularan versiones en redes sociales que afirmaban multas de tránsito por no usar el cinturón en los asientos traseros en todos los vehículos.
Por último la entidad aseguró que no está imponiendo ultimátum ni plazos para su implementación a quienes no tenga dispositivo de seguridad en su vehículo.
Así las cosas, las autoridades de tránsito y la Policía de Carreteras tienen actualmente todas las facultades para realizar este tipo de controles y sancionar a los conductores que se movilicen sin cumplir con esta normatividad.
Poco control
Evidentemente aquí en Popayán el uso del cinturón de seguridad tanto en la parte delantera como trasera no es una de las normas que más se controlan.
“En ese sentido es lo que más se está empezando a controlar , sin embargo no tenemos información relativa a comparendos que se hayan impuesto específicamente por no portar el cinturón en la parte de atrás, a veces como se presentan pocos se recopilan en una clase como otros”, explicó el ingeniero Roberto Díaz Secretario de Transito Muinicipal .
Por su parte, el Secretario de tránsito Municipal Roberto Díaz, dijo que la no utilización del cinturón de seguridad es una norma vigente pero que conmina a la autoridad de tránsito a que le demuestre al infractor que no lo llevaba puesto. “Entonces se deben utilizar equipos para grabar o filmar para poder demostrarle, por eso aunque es una infracción que se comete recurrentemente casi poco es posible sancionarla porque lo logran evadir”, explicó.
El Secretario de Tránsito también se refirió a las campañas educativas que realizan las autoridades de manera constante durante todo el año en prevención y regulación a nivel nacional con relación a todos los temas.
De igual forma se lleva a cabo la campaña ‘utiliza cinturón de seguridad’ con lo que se viene haciendo énfasis para que los conductores y pasajeros utilicen el cinturón de seguridad, inclusive en la silla de atrás del vehículo.
De acuerdo con las autoridades, lo importante es que los conductores deben utilizar los cinturones porque está demostrado que el 95 % de posibilidad de salvarse ante un accidente de tránsito está establecido cuando utiliza este elemento. “Un conductor si es responsable, lo primero que le pide a todos los ocupantes es usar el cinturón de seguridad”, acotó.
Mientras tanto, el Secretario de Tránsito en Popayán les recordó a los conductores que es importante que miren la conducción como “una actividad que nos afecta a todos”, que no es un medio a través del cual yo llego a mi sitio de destino o satisfago mis necesidades. Es una actividad en la que todos resultamos beneficiados o afectados, en ese sentido es necesario que tengamos las mejores conductas al momento de conducir”, indicó.
Según las autoridades, en Popayán las infracciones que más cometen los conductores de vehículos son la utilización del teléfono celular o equipos móviles, estacionamientos indebidos y el no porte de los documentos en regla. Mientras que en los motociclistas las mayores infracciones se dan por el no uso del casco, transitar en contravía, andenes.
Según las autoridades, se deben utilizar equipos para grabar o filmar para poder demostrarles a los conductores que no llevaban el cinturón de seguridad, por eso aunque es una infracción que se comete recurrentemente casi poco es posible sancionarla porque lo logran evadir.
Aunque en Popayán esta es una de las normas que poco se controla, el uso del cinturón de seguridad es de carácter obligatorio desde el año 2004 de acuerdo con lo estipulado en el Código Nacional de Tránsito; Ley 769 de 2002, Artículo 82 y la resolución 19200 de 2002.