La decisión la tomó el magistrado Cesar Reyes, perteneciente a la Sala de Instrucción después de que el equipo jurídico de Richard Aguilar presentó la solicitud en la secretaría de la Corte Suprema de Justicia, instancia que ordenó su captura en julio pasado, en el marco de una investigación por presuntos hechos de corrupción, cuando fungió como Gobernador de Santander.
Richard Aguilar Villa, investigado y capturado por un supuesto recibimiento de dinero a cambio de beneficiar a los contratistas que efectuaron la obra de remodelación del Estadio Alfonso López, prepara a esta hora un nuevo golpe de opinión luego de que finiquiten los detalles que darían vía libre a su boleta de libertad.
Tal y como lo informamos pocas horas después de hacerse pública la renuncia de su curul, el pasado 28 de agosto, el destino del expediente sería un fiscal adjunto a la Unidad de Delitos Contra la Administración Pública, instancia que iniciará ahora toda la revisión procesal para comenzar con los trámites de juzgamiento, esta vez, no ante magistrados de la Corte Suprema de Justicia, sino ante un juez de control de garantías constitucionales adscrito al Circuito Judicial de Bucaramanga, ente que por el principio de proximidad al lugar de la presunta conducta punible tendría jurisdicción sobre el proceso.
Iván Cancino, jefe del equipo jurídico del exgobernador Richard Aguilar, indicó que no era otra la decisión que debía tomar la Corte Suprema, “toda vez que la gestión que se cuestiona se ejerció bajo la investidura de Gobernador, no de senador”, precisó el penalista.
“Ninguna de las imputaciones fácticas realizadas en los autos del 13 de mayo de 2021, 27 de julio de 2021, ni en la diligencia de indagatoria del 11 de junio de 2021, tienen relación clara y directa con el cargo o funciones de Senador de la República”, dijo la solicitud radicada en la Corte el abogado Iván Cancino.
“En últimas los delitos imputados no se habrían cometido por causa del servicio, con ocasión del mismo, como tampoco a consecuencia de un desviado o abusivo ejercicio de funciones congresuales, que no ostentaba para el momento de la comisión de las conductas antijuridicas imputadas por la Sala, vale enfatizar acaecidas durante los años 2014 y 2015 cuando el procesado desempeñaba el cargo de Gobernador del Departamento de Santander”, reiteró el abogado defensor, quien, sobre los señalamientos judiciales, no ha escatimado en calificativos para desdeñar de la confiabilidad de los testigos que alimentaron la teoría del delito en la que se basó la Corte Suprema, para solicitar la orden de Captura de Aguilar.
Cancino hace referencia a los delitos de asociación para cometer un delito contra la administración pública, contrato sin cumplimiento de requisitos legales, peculado por apropiación e interés debido en la celebración de contratos, los cuales, según la fiscalía tienen origen en varios comportamientos delictuales originados en dádivas que habría exigido y recibido Aguilar por conceder contratos a cuestionadas firmas constructoras, según la narración ante los estrados judiciales que hiciera Claudia Toledo, su exsecretaria de infraestructura, y Lenin Pardo, su esposo y quien habría fungido como enlace de los dineros entre los contratistas y el exgobernador Aguilar Villa.
La defensa del exgobernador
De acuerdo con lo que expresó el abogado Iván Cancino , el punto del preacuerdo que firmaron con la fiscalía los esposos Toledo y Pardo, y dentro del cual se sucitan las actuaciones procesales contra Aguilar Villa, es precisamente el meollo del señalamiento contra el hoy exsenador de la República pues a su juicio la supuesta confesión no tendría otro objetivo que la obtención de un beneficio jurídico, como una rebaja en la pena, a cambio de manchar la honra del exmandatario.
“Las declaraciones de la señora corroboran el mal que muchas veces se hace con el principio de oportunidad en Colombia, donde una persona que, reconoce haber cometido un delito, quiere obtener rebajas o beneficios inculpando a otras personas que nada tienen que ver”, dijo Cancino quien aseveró que ante el tribunal que lleva el caso en la Corte Suprema de Justicia, como en la Fiscalía General de la Nación de Bogotá y Bucaramanga se han presentado una serie de elementos probatorios que la desmienten, tanto documentales y como testimoniales.
“Le manifestamos a los investigadores todas las contradicciones de esta señora en sus declaraciones y que por lo tanto su principio de oportunidad no puede ser aprobado. Ella parecía decir en los medios de comunicación que ya estaba aprobado ese principio. No es así, a la fecha no está aprobado y esta defensa presentará todos los escritos y argumentos necesarios para que no se le apruebe o por lo menos para que no se tenga en cuenta todas las circunstancias que no corresponden a la verdad sobre los relatos relacionados con el ex gobernador Richard Aguilar”, controvirtió el penalista, quien aseveró que varias de las personas que la exfuncionaria cita como sus testigos la han desmentido.
“Ella podrá reconocer todo lo que ella haya hecho en su persona pero ella ha señalado también a otras personas de hacer cosas irregulares y esas personas también lo han negado categóricamente, ella más allá de su dicho de lo que la compromete a ella, no tiene nada más que pueda soportar algo en contra de las personas que ella ha relacionado”, acotó Cancino, quien hizo hincapié en que su sola palabra no es suficiente para probar que su defendido cometió irregularidades.
“Afortunadamente la jurisprudencia y la doctrina ha ido avanzando mucho en este sentido, de una época en la que un con un testigo único, sin mayor corroboración, se podía investigar, acusar y sancionar a una persona, a hoy, cuando un testimonio necesita más que palabras para poder causar un efecto jurídico”, expresó Cancino.
Exfuncionaria con sanciones
Cabe recordar que la Procuraduría General de la Nación sancionó con destitución e inhabilidad de diez años a la exsecretaria de Transporte e Infraestructura de Santander, Claudia Janeth Toledo Bermúdez por irregularidades en la contratación de obras para el mejoramiento de la red de alcantarillado en varios sectores del municipio de Vélez.
En el fallo la Procuraduría Regional de Santander estableció que se presentaron deficiencias en la etapa precontractual, que ocasionaron modificaciones, adiciones y suspensiones en la ejecución de las obras.
Para el Ministerio Público la exfuncionaria desconoció los principios de planeación y economía en la contratación pública, pues las suspensiones y modificaciones en tiempo y cantidades presentadas durante la ejecución de los trabajos, obedecieron a omisiones durante la etapa de diseño y priorización del proyecto.
Por esos hechos la Procuraduría calificó la conducta de la exfuncionaria como una falta gravísima cometida a título de culpa gravísima.
El abogado Iván Cancino señaló que, por el momento, el senador Richard Aguilar se encuentra en el búnker de la Fiscalía a la espera de que se defina su sitio de reclusión.