En el Día Internacional del Trabajo, reflexionemos en torno a cómo ha cambiado la forma de trabajar. En la era industrial la lucha se dio por exigir una jornada laboral no mayor a 8 horas, pero en la actualidad, durante la Revolución Digital, la tecnología ofrece alternativas para mejorar la calidad de vida: el Teletrabajo es una prueba de ello.
Bogotá, mayo 1 de 2016. El primero de mayo de 1886 el movimiento obrero se unió en huelga para exigir una jornada laboral de 8 horas, cansados de trabajar en jornadas da 14 horas durante la llamada Revolución Industrial. Esta protesta, realizada en Chicago (Estados Unidos), dio origen a un hito que se conmemora anualmente: el Día Internacional del Trabajo. Actualmente existe una alternativa digital que apunta a mejorar la calidad de vida de los empleados y que está siendo implementada alrededor del mundo: Teletrabajo.
Esta modalidad laboral, que consiste en trabajar desde un lugar diferente a la oficina gracias a la tecnología y que otorga a los empleados tiempo, ahorro en dinero y mayor productividad, es regulada en Colombia mediante la Ley 1221 de 2008 y el Decreto 884 del 2012.
Para muchas personas, la palabra Teletrabajo sigue siendo poco conocida, no obstante en nuestro país –que es uno de los pioneros en América Latina y el Caribe en cuanto a implementación– se registran actualmente 50 mil teletrabajadores y 282 entidades suscritas al ‘Pacto por el Teletrabajo’ con el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC); además Colombia es Vicepresidente del grupo eLAC, entidad que agrupa a la región en esta materia, uniendo los ministerios de Trabajo y TIC de gran parte del continente. Lo anterior evidencia la importancia que ha adquirido esta modalidad laboral en nuestra Nación.
La conmemoración del Día del Trabajo es una oportunidad para continuar legitimando esta modalidad laboral que está revolucionando la forma de trabajar a nivel mundial y que tiene grandes beneficios tanto para empleados como para empresarios: los teletrabajadores ahorran de 1 a 3 horas en tiempos de desplazamiento en ciudades con problemas de tráfico, ahorran el dinero invertido en ese transporte y pueden compartir con sus familias más tiempo de calidad.
Por su parte los empresarios pueden medir cómo aumenta la productividad porque tienen empleados con mayores niveles de concentración y son más felices, ahorran en infraestructura y aportan a un medio ambiente que exige alternativas urgentes para disminuir los niveles de emisión de Co2.
En igualdad de derechos
Contrario a la creencia popular, al pasar de ser empleado presencial a teletrabajador no se pierde ninguna garantía laboral, ya que para ambas modalidades rigen los mismos derechos a la luz de la ley colombiana; incluso, uno de los principios del teletrabajo es la igualdad en el trato por parte del empleador.
Por ejemplo, las empresas que implementan esta modalidad deberán proveer y garantizar el mantenimiento de los equipos de sus teletrabajadores, las conexiones y software; así como el valor en la factura de energía y los desplazamientos ordenados en el marco de sus funciones, como indica la ley.
Otro de los aspectos garantizados tiene que ver con el horario de trabajo. Si bien es cierto cuando se teletrabaja se parte de una confianza mutua entre patrono y empelado, también lo es que las horas de trabajo deben ser las mismas que cuando se labora en una oficina.
Otro de los temores tiene que ver con que el teletrabajador cree que su inversión en servicios públicos aumentará, ya que permanecerá más tiempo en casa. Al respecto la ley establece que el empleador no puede trasladar los gastos de funcionamiento de la empresa al empleado que desarrolla labores en casa. En ese sentido, deberá reconocerle al teletrabajador el costo asociado al servicio de energía o conexiones cuando haya lugar.
De igual manera, el empleador es el responsable de la salud y seguridad del empleado ya sea tradicional o remoto, por lo tanto debe verificar que el sitio establecido cumpla con las condiciones de seguridad para ejecutar las tareas. Previo a la implementación de la modalidad de Teletrabajo en una organización, el empleador debe consultar con su Administradora de Riesgos Laborales (ARL) sobre la prevención de riesgos.
La meta para 2018
La meta del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y el Ministerio del Trabajo es seguir promocionando esta modalidad con talleres a lo largo del país y tocando puertas de empresas públicas y privadas para llegar a 120 mil trabajadores remotos en 2018.