En la búsqueda constante de la seguridad en nuestros hogares, hemos visto cómo la tecnología ha invadido cada rincón de nuestra vida cotidiana. Los conjuntos residenciales, en su afán por proteger a sus habitantes, han adoptado sistemas de acceso cada vez más sofisticados. Sin embargo, ¿dónde trazamos la línea entre la seguridad y la vulneración de nuestra intimidad?
La reciente decisión de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) de ordenar a un conjunto residencial de Bogotá eliminar los datos biométricos de sus residentes y ofrecer alternativas no invasivas es un recordatorio crucial de que la seguridad no puede ser una excusa para violar los derechos fundamentales. La sentencia de la SIC es clara y contundente: el uso de tecnologías de reconocimiento facial sin consentimiento previo, expreso e informado es una violación al derecho al habeas data.
La SIC ha recordado a las propiedades horizontales que son responsables del tratamiento de datos personales y deben cumplir con la Ley 1581 de 2012. La biometría, al ser un dato sensible, exige mayores garantías de protección. No se puede condicionar el acceso a un lugar a la entrega de estos datos, y mucho menos si no se ofrecen alternativas. Es decir, si usted no quiere entregar su huella digital o el escaneo de su rostro, el conjunto debe ofrecerle una opción tan simple como una tarjeta de acceso o un código. Exigir la biometría como única vía de entrada es desproporcionado y viola la intimidad y la libre circulación.
Lo más preocupante de esta situación es que una filtración o un mal uso de estos datos biométricos podría tener consecuencias irreversibles para la identidad y seguridad de las personas. A diferencia de una contraseña que se puede cambiar, nuestra huella dactilar o el patrón de nuestro rostro son únicos e inmutables. Una vez comprometidos, el daño es permanente.
La seguridad de nuestros hogares es una prioridad, pero no a cualquier costo. Es responsabilidad de las administraciones de conjuntos residenciales encontrar un equilibrio justo, donde la protección de los residentes no implique la negociación de sus derechos fundamentales. La resolución de la SIC no es solo una orden a un conjunto en particular, es una llamada de atención a todos los que gestionan datos sensibles. La intimidad no es un privilegio, es un derecho. Y en la era digital, defenderla es más importante que nunca.
¿Crees que esta medida de la SIC es suficiente para proteger nuestros datos o se necesitan regulaciones más estrictas?
































































