La Superintendencia de Industria y Comercio formuló pliego de cargos por incurrir en varias prácticas anticompetitivas a empresas y personas naturales en la Ruta del Sol Tramo II.
La entidad hizo tres imputaciones: la primera, por el pago de un soborno a Gabriel Ignacio Morales, ex viceministro de Transporte y gerente (e) del INCO, ahora ANI, y de parte de Odebrecht.
En ella se descubrió que “el soborno se habría producido a partir de una práctica deliberada de Odebrecht que hacía parte de su forma habitual, continua y reiterada de hacer negocio en el mundo para obtener la adjudicación de contratos de obra pública”.
En este caso se imputaron cargos a Odebrecht, Corficolombiana y Episol y a 6 personas naturales, entre las que se encuentra José Elías Melo, presidente de Corficolombiana.
“También se pudo establecer que, entre Luiz Antonio Bueno Junior, director superintendente de Odebrecht en Colombia y José Elías Melo Acosta, presidente de Corficolombiana habrían acordado NO contarle a Carlos Alberto Solarte Solarte, ni involucrar a su empresa CSS CONSTRUCTORES en el pago del soborno, entre “otras razones por cuanto la participación de CSS CONSTRUCTORES de 4.99%, era irrelevante en el consorcio”.
La segunda imputación que hace la entidad es por aprovechamiento de un conflicto de intereses. En este caso se encontró que los más altos directivos de Episol, firma controlada por Corficolombiana y el Grupo Aval, incurrieron en fallas legales. Por eso, la Superindustria les imputó cargos a las empresas Corficolombiana, Episol y Grupo Aval y a las personas naturales: Luis Carlos Sarmiento Gutiérrez, presidente del Grupo Aval, José Elías Melo, presidente de Corficolombiana, entre otros.
“La Superintendencia encontró que no se adoptó ni por parte de Corficolombiana, ni por el Grupo Aval, ni por la Corporación Financiera Internacional, medida alguna para impedir el aprovechamiento del conflicto de intereses, y en cambio lo que se logró advertir por la SIC en las explicaciones ofrecidas, fue la negación contraevidente de la participación de los mencionados funcionarios en todas las etapas de la estructuración e implementación de la licitación pública”, informó la Superindustria.
La tercera imputación de la Superindustria es por el establecimiento de contactos privados y clandestinos con el estructurador. En esta la imputación jurídica se hace a Odebrecht y a cuatro personas naturales, entre ellas a Luis Antonio Bueno, director de Odebrecht en Colombia.
“Sobre este particular, existe un correo electrónico del 22 de julio de 2009 remitido por Gustavo Antonio Ramírez Galindo (Vicepresidente de Inversiones de Corficolombiana) a José Elías Melo Acosta (entonces Presidente de Corficolombiana) y con copia a Alejandro Sánchez Vaca (Vicepresidente de Banca de Inversión de Corficolombiana), en el que resume una reunión llevada a cabo con Luis Antonio Bueno (Director de Odebrecht en Colombia), en el que éste le habría planteado, la conformación de un acuerdo anticompetitivo en la modalidad de cartel, que como ya se dijo, podría tener uno de dos propósitos”, menciona el informe de la SIC.
Además, la Superintendencia sostiene que Episol, Corficolombiana y Odebrecht intentaron celebrar un acuerdo anticompetitivo o conformar un cartel con sus eventuales competidores, entre los que se encontraban Odinsa, Impregilo y OHL.
Si en cada una de las imputaciones las empresas resultan responsables deberán pagar hasta $78.000 millones; y en el caso de las personas naturales, la multa asciende a los $1.500 millones. / wradio.com