No se podrá nombrar ni posesionar en cargos públicos ni de elección popular a las personas reportadas en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, hasta tanto no se pongan a paz y salvo con las obligaciones alimentarias” ( aplica para representantes legales de entidades jurídicas )
Será exigible en notaría cuando se realicen trámites de enajenación bienes.
Exigible para solicitar o renovar crédito ante entidad bancaria o de financiamiento.
No podrá salir del salir del país quien se encuentre reportado.