El mandato de quienes son elegidos por la circunscripción especial indígena al Senado es el de la representación y la defensa de los intereses de esos pueblos. Además de tener dos senadores, Una de estas Curules estará en manos de los Indígenas del CAUCA los cuales son mayoría en Colombia y adicional a esto también tiene un representante a la Cámara, con lo que la constitución asegura la participación de los grupos indígenas en el legislativo.
Según el artículo 171 de la Constitución, “los representantes de las comunidades indígenas que aspiren a integrar el Senado de la República, deberán haber ejercido un cargo de autoridad tradicional en su respectiva comunidad o haber sido líder de una organización indígena, calidad que se acreditará mediante certificado de la respectiva organización, refrendado por el Ministro de Gobierno
Dejando de lado el debate sobre el nivel de representatividad y la eficiencia de esta representación en el Congreso, cada una de estas minorías tiene una lógica política y electoral que se expresó de manera diferente en las pasadas elecciones.
Hace tres años logran una curul al Senado sin tener estructuras políticas en las regiones hoy se cree que conseguirán las dos.
Además, uno de los contendores como la ASI, quien ganó la otra curul con Marco Avirama, no postulará a su candidato por las circunscripciones lo que dará más posibilidades
Feliciano Valencia fue condenado en un fallo de segunda instancia por el Tribunal Superior de Popayán en septiembre de 2015 a pagar una pena de 18 años de cárcel por haber sido autor del secuestro simple del cabo del Ejército Jairo Danilo Chaparral Santiago que, durante la Minga del 2008, fue retenido por los indígenas portando material militar que no pudo justificar, ni tampoco explicar por qué él estaba ahí. En ese momento, tras una deliberación en la Asamblea del pueblo Nasa que lideró Valencia, el soldado fue sometido a un “remedio” acorde con la justicia indígena, que consistió en 20 fuetazos.
La decisión de la Corte Suprema en el fallo de casación publicado ayer, tumba esa decisión y avala la que tomó el juez de primera instancia que en marzo del 2015 había absuelto a Feliciano Valencia.
Los argumentos de la Corte no sólo cuestionan que el Tribunal de Popayán lo haya condenado por el sólo hecho de haber conocido de la retención y haber liderado la Asamblea. También ratifica la legitimidad de la jurisdicción indígena para haber actuado como lo hizo en este caso.
“El acto jurisdiccional que desarrolló la comunidad indígena tiene respaldo constitucional, legal y jurisprudencial”, dice la Corte.
No sólo porque el hecho ocurrió en territorio indígena sino porque las autoridades Nasa actuaron con fuerza ejecutiva y declarativa que les otorga la autoridad en su territorio y que se sintieron “ofendidas” por la presencia sin explicación del cabo Chaparral en el Resguardo en “un hecho que atentaba contra la armonía de esa comunidad”.
También porque el Tribunal de Popayán deshecho pruebas que legitimaban su actuar en este caso.
Cauca extremo muestra una cara de Feliciano Valencia un ser diferente donde el Indígena resalta que todos somos uno y la mayor preocupación es pelear en la protección de la Naturaleza